Es el órgano integrado por la totalidad de los concejales y concejalas (11) y presidido por el alcalde. Establece las líneas de actuación municipal y resuelve las cuestiones más importantes, con funciones de tipo constitutivo, planificador, reglamentario y fiscalizador de la función ejecutiva.
Son funciones del pleno, entre otras:
- Elegir al alcalde.
- Controlar y fiscalizar los órganos de gobierno.
- Aprobar los presupuestos.
- Aprobar las ordenanzas y reglamentos.
- Aprobar planes y demás instrumentos de ordenación y gestión.
El pleno celebra sesión ordinaria una vez cada tres meses, el segundo martes del mes que corresponda por la tarde, y sesión extraordinaria cuando así lo decide el alcalde o lo solicita la cuarta parte de los miembros de la corporación.
Las sesiones plenarias son públicas. Los acuerdos adoptados pueden ser consultados por cualquier persona o entidad interesada.